¿Qué es la Contraloría Social?

La Contraloría Social es un grupo de beneficiarios, que, de manera organizada, verificaran el cumplimiento de las metas y la correcta aplicación de los recursos públicos asignados a Programas Presupuestales con recursos federales.

 

¿Qué vigila la contraloría Social?

  • Que se difunda la información suficiente, veraz y oportuna sobre la operación del programa. 

  • Que los otorgamientos de los apoyos sean con calidad, calidez, eficiente, eficaz, oportuno y de manera transparente. 

  • Que las autoridades competentes brinden atención a las quejas o denuncias, relacionadas al programa.

 

¿Qué es un Comité de Contraloría Social?

Las formas de organización social constituidas por los beneficiarios referidas en el artículo 67 del Reglamento de la Ley General de Desarrollo Social, que llevan a cabo el seguimiento, supervisión y vigilancia de la ejecución, cumplimiento de las metas y acciones comprometidas, así como de la correcta aplicación de los recursos asignados a los mismos.

 

Objetivo de los Comités de Contraloría Social.

Colaborar en forma VOLUNTARIA, ACTIVA y de manera representativa con organismos oficiales, seguimiento, supervisión y vigilancia de la ejecución, cumplimiento de las metas y acciones comprometidas en el Programa, así como de la correcta aplicación de los recursos asignados. 

 

¿Cuáles son las funciones que deberán de cumplir los Comités de Contraloría Social?

  • Representar los intereses y actuar como grupo de enlace entre la comunidad, las autoridades locales y autoridades centrales.

  • Vigilar el adecuado manejo de los recursos financieros y que cumplan con el objetivo para el que fueron otorgados.

  • Capturar y canalizar las Quejas o Denuncias a las áreas correspondientes.

  • Reportar cualquier anomalía que se presente durante el proceso de la ejecución y culminación de los recursos Financieros.

Medidas para promover la equidad de género entre hombres y mujeres en la integración de los Comités.

Dentro del Programa para el Desarrollo Profesional Docente (PRODEP) mismo que se rige por Reglas de operaciones emitidas por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, donde menciona en el objetivo para el Tipo superior, “Profesionalizar a las/los PTC, ofreciendo las mismas oportunidades a mujeres y hombres para acceder a los apoyos que otorga el Programa, a fin de que alcancen las capacidades de investigación-docencia, desarrollo tecnológico e innovación y con responsabilidad social…” 

Por lo anterior, podemos mencionar que para la formación de los comités deberán de ser de manera equitativa.